Renta 2011: normativa específica y X solidaria

Normativa específica sobre discapacidad.


Normativa especifica para pèrsonas con discapacidad Renta 2011Para el año 2011, la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), continúa prestando especial atención a las personas con discapacidad y sus familias, en particular aquellos con un grado de discapacidad igual o superior al 65 % o que, sin alcanzarlo necesitan la ayuda de terceras personas o tienen movilidad reducida. Para el presente ejercicio se mantiene básicamente el tratamiento específico para personas con discapacidad que existía el año anterior.

Toda la normativa especifica se sintetiza en el folleto que la AEAT ha editado y que se puede ver mediante el enlace relacionado más abajo. Si se realiza la declaración mediante el programa de ayuda proporcionado por Hacienda, la mayoría de estas ventajas están incorporadas de forma automática en dicho programa.

Si queremos pedir cita previa para que nos confeccionen la declaración la propia Agencia Tributaria, es interesante saber previamente las condiciones de accesibilidad de las distintas Administraciones (acceso, aseos y ascensor) ya que el contribuyente puede elegir aquélla Administración que más la convenga. A tal fin hemos elaborado el archivo que se adjunta en el enlace relacionado más abajo tomado de la información facilitada en la página de la AEAT.

Enlaces relacionados:



Fines Sociales, marca la X solidaria.


Campaña X solidariaLa X Solidaria es una equis que ayuda a las personas más vulnerables. Podremos marcarla cuando hagas la declaración de la renta. Es la casilla que se denomina "Fines Sociales". Cada año más de 400 ONG desarrollan más de 1000 proyectos gracias a la solidaridad que demostramos en la declaración de la renta. Pensemos en todo lo que podríamos hacer juntos si este año nadie se quedara en blanco. Aunque sobran las razones, he aquí algunas de las más importantes:
  • Porque tenemos derecho a decidir el destino de una parte de nuestros impuestos.
  • Porque si marcamos la casilla de Fines Sociales o ésta junto con la de la Iglesia Católica estamos contribuyendo a financiar proyectos sociales llevados a cabo por ONG serias y solventes, cuya actividad es supervisada minuciosamente por la Administración.
  • Porque en el actual contexto de crisis económica es más necesario que nunca que declaremos nuestra solidaridad. De ello depende que las personas más vulnerables y desprotegidas puedan tener la oportunidad de mejorar su situación
  • Porque no tiene ningún coste económico para nosotros. Marquemos lo que marquemos, nuestra declaración de la renta se queda igual. Ni nos devolverán menos dinero, ni tendremos que pagar más a Hacienda.
El dinero recaudado por esta vía es, por tanto, el resultado de la voluntad de los ciudadanos que, al marcar la casilla de Fines Sociales (o tachar con una X esta opción junto con la de la Iglesia), se convierten en contribuyentes activos y solidarios, en lugar de ser meros contribuyentes pasivos. Para más información ver el enlace adjunto.

No nos olvidemos de marcar la X Solidaria. Con un pequeño gesto, las cosas cambian.

Enlace relacionado:

Elección de Junta Directiva

Carta a los asociados
Transcribimos a continuación el escrito que ha sido remitido por correo postal a todos los asociados:


Estimados asociados:

Nos ponemos en contacto con vosotros con motivo de la elección de la nueva Junta Directiva (JD) que corresponde realizar este año ya que según establece el Artículo 13 de nuestros estatutos su mandato tiene una duración de 4 años y la actual fue elegida en el año 2008.

La JD es el órgano de representación que gestiona y representa los intereses de la asociación de acuerdo con las disposiciones y directivas de la Asamblea General. Estará formada por un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero y Vocales (en la actualidad dos), designados por la Asamblea General entre los asociados mayores de edad, en pleno uso de sus derechos civiles que no estén incursos en motivos de incompatibilidad legalmente establecidos, o bien que en representación de algún cargo político o religioso se haya mostrado, con anterioridad, en desacuerdo con los fines que persigue esta asociación.

Las candidaturas que deseen presentarse han de especificar su composición para los distintos cargos, cumpliendo así los requisitos especificados en el anterior párrafo. Además deberán comunicarlo con una antelación de 15 días a la celebración de la Asamblea General (Artículo 14) por lo que rogamos a los interesados que contacten con la asociación antes del día 25 de mayo de 2012, a fin de cumplir con los plazos establecidos ya que como sabéis dicha Asamblea tiene lugar a mediados de junio. Esta comunicación puede realizarse:

• Por correo electrónico: adispa@telefonica.net
• Blog (apartado “Contacto”):http://adispa.blogspot.com.es/p/contacto.html
• Por escrito y los viernes de 19,00 a 20,00 h. en el aula de la 1ª planta del edificio de Servicios Sociales (C/ Algete. 7- Paracuellos de Jarama).

Tras 8 años de colaboración y compromiso con ADISPA los miembros de la actual JD agradecen el apoyo recibido y animan a todos los asociados a participar de una manera más activa en el futuro de la asociación, para poder sostener la continuidad de la misma.

Como en anteriores ocasiones, os recomendamos que sigais nuestro blog (http://adispa.blogspot.com.es/) y nuestras páginas en Facebook y Twitter, ya que es la mejor forma de estar al corriente de las novedades que se vayan produciendo tanto en lo que se refiere a ADISPA como a otros temas relacionados con la discapacidad que son de nuestro interés.

Guía de Prestaciones 2012

Portada de la Guía de Prestaciones 2012El interés de esta Guía elaborada por el IMSERSO radica en que constituye un catálogo de prestaciones y ayudas de las distintas Administraciones (Central y Autonómicas) para personas mayores, personas con discapacidad y personas en situación de dependencia. Su objetivo es proporcionar información sobre los servicios y prestaciones económicas que contemplan las Administraciones Públicas para los citados colectivos.

Esta Guía se publicó por primera vez en el año 2005. En el 2012 se ha realizado este nuevo trabajo en base a la información facilitada o contrastada por las Comunidades Autónomas a 31 de diciembre de 2011. En esta nueva versión de la Guía la información se recoge en bloques, el primero para las prestaciones del Estado y los restantes para los que contemplan cada una de las Comunidades Autónomas.

El contenido de cada bloque se estructura en fichas, en las que se trata sobre el concepto de cada prestación o servicio, los requisitos exigibles para su concesión, el lugar de presentación de la solicitud y la legislación aplicable.

Con el fin de facilitar el manejo del documento, nos hemos permitido elaborar un archivo seleccionando únicamente las fichas que corresponden a las prestaciones del Estado y de la Comunidad de Madrid. Para ver el documento completo se puede acceder a la página correspondiente del IMSERSO.

Enlaces relacionados:
 
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